Su odisea comenzó el pasado 9 de diciembre de 2018. Ese fatídico día un vecino acudía al Centro de Salud de Medina Sidonia a consecuencia de un accidente laboral. En su ojo derecho se le había clavado una esquirla metálica.
La reclamación administrativa y patrimonial ha sido admitida a trámite y en ella se pide una indemnización que según la valoración del daño realizada por un especialista en oftalmología asciende a los 106.839,75 euros.Allí fue atendido aunque, dada la gravedad de la herida, inmediatamente le derivaron de forma urgente al Hospital Universitario de Puerto Real. Llegó sobre las ocho de la tarde. Recuerden, el 9 de diciembre. Le realizaron rayos X en el que se podía observar “una rebaba en la fosa orbitaria, sin poder precisar si se encuentra o no intraocular”. Como no había ningún oftalmólogo en ese momento, se contacta con la persona de guardia, la cual solicita un TAC “para precisar la posición de la rebaba”.
En el TAC se aprecia “un cuerpo extraño en la órbita derecha con artefacto metálico que dificulta su valoración, aunque impresiona de estar localizado en el interior del globo ocular”.
Al parecer, el personal que le estaba atendiendo, “siguiendo instrucciones de la oftalmóloga que estaba de guardia”, le da el alta y le indica al paciente que vuelva al día siguiente, 10 de diciembre, a las 08.30 horas.
Ya esa mañana, le atienden en la consulta de oftalmología donde le indican que “le tienen que operar para extraer ese cuerpo extraño”. Realiza los pasos previos, es decir, analítica, consulta de pre anestesia, electrocardiograma… “y de nuevo a la consulta del oftalmólogo” donde según el paciente “me dicen que van a tramitar el ingreso y que mientras tanto que vuelva a Urgencias mientras buscan habitación… solicité un calmante porque el dolor era insoportable y hasta ese momento no me dieron nada”.
Eran las doce del mediodía. En Urgencias y con una esquirla en el ojo allí estuvo hasta las siete de la tarde cuando por fin lo subieron a planta.
Ya en una cama, “me pusieron sobre las nueve de la noche y a las seis de la mañana ciclopéjico 10 miligramos, oftacilox 3 miligramos, predforte y cusimolol 0,50 por ciento, todo en ello en gotas, mientras que el calmante me lo dieron vía venosa”
Relata este vecino que “el dolor era cada vez más insoportable y el aspecto del ojo cada vez más feo”. Su hija, presente, no paraba de insistir al personal del hospital este hecho.
Llegamos al día 11 de diciembre, en cuya mañana volvió a bajar a consulta y le pusieron, por fin, antibiótico por vena, aunque no fue hasta las siete de la tarde cuando fue trasladado al quirófano porque “ya había mucha infección y corría el riesgo de pasarse al otro ojo o al cerebro”.
Aquí cabe destacar que “la oftalmóloga le preguntó en la consulta si le habían estado poniendo antibiótico por vena, a lo cual respondieron que no... y a partir de ese momento comenzaron a ponerle antibiótico por vena”.
En la operación, le practicaron una evisceración del globo ocular derecho. Habían pasado más de 72 horas desde que sufrió el accidente laboral.
Ante esta situación, tanto el afectado como su abogado, del Bufete Ortiz de Cádiz, consideran “que se han producido retrasos y demoras injustificados tanto en la realización de las pruebas diagnósticas como por la no aplicación de antibiótico intravenoso desde el primer momento”.
Entienden que “resulta de aplicación la teoría de la pérdida de oportunidad que sanciona la incertidumbre causal que se produce en estos casos, pues si bien las patologías no sea obviamente por los servicios sanitarios, sino que lo padece el paciente, los retrasos y las demoras en la realización de las pruebas diagnósticas, en la derivaciones a especialidades, y en definitiva, en la falta de coordinación de los servicios sanitarios, dejan una sombra de duda de cual hubiera sido el desenlace en caso de haberse actuado a su debido tiempo”.
Este es el razonamiento en el que se basa la “reclamación administrativa” que han interpuesto contra el Servicio Andaluz de Salud ya que “no fue atendido en Urgencia por un oftalmólogo… no se realizó prevención antitetánica ni antibiótica… no fue operado de urgencias… y se le realizó la evisceración sin poner implante, lo que empeora el daño estético que supone la pérdida del globo ocular”, y eso a pesar de “tratarse de un caso grave de perforación con cuerpo extraño intraocular”.
La reclamación por la vía administrativa y patrimonial ha sido admitida a trámite y en ella se pide una indemnización que según la valoración del daño realizada por un especialista en oftalmología asciende a los 106.839,75 euros.