El tiempo en: Chiclana

Almería

Desatornilló la claraboya del baño para ver a una vecina duchándose

Un juez de Almería ha condenado a J.D.G.C., de 51 años, por acoso y allanamiento después de que hostigara durante más de dos meses a su vecina

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Juzgado de Almería. -

Un juez de Almería ha condenado a J.D.G.C., de 51 años, por un delito de acoso y otro de allanamiento de morada después de que hostigara durante más de dos meses a su vecina en diferentes espacios de la urbanización en la que vivían hasta el punto de llegar a desatornillar la claraboya del baño de la víctima para espiarla desde el techo mientras que esta se duchaba.

El fallo, consultado por Europa Press y dictado en firme tras la conformidad de las partes, relata las situaciones en las que el acusado "forzó de forma permanente y retierada" encuentros con la víctima cuando el marido de ella se encontraba fuera de casa por razones profesionales; una situación que se prolongó de noviembre de 2016 a principios de enero de 2017.

Para conseguir dichos encuentros, el condenado vigilaba a la mujer "en los pasillos de la urbanización" o "en el garaje" para "bajo cualquier pretexto" acercarse a ella "de forma insinuante e insistente". Asimismo, la víctima recibía por parte del procesado "continuos" mensajes de Whatsapp, lo que le obligó a bloquearlo en el móvil. "En uno de esos mensajes le escribió: escucho cuando te duchas", relata la sentencia.

La situación de acoso culminó el 7 de enero de 2017, cuando sobre las 20,00 horas el acusado saltó un muro de un metro y medio de altura para acceder de su terraza al dúplex de su vecina. Una vez allí, "desenroscó los ocho tornillos del anclaje de una claraboya que da luz al cuarto de baño, sacándola esta de su lugar".

Así, el acusado introdujo "medio cuerpo" por el hueco para ver cómo, en ese momento, la víctima se estaba duchando; una conducta con la que, según apunta el juez, siguió con su hostigamiento al tiempo que violentó la intimidad de su vecina.

Aunque en el momento de los hechos el hombre llevaba en la mano un objeto "compatible con su teléfono o cámara", no quedó acreditado que grabara a la mujer, quien puso una denuncia el mismo día de los hechos ante la Guardia Civil.

El magistrado señala los antecedentes con los que cuenta el hombre, ya que dos días después de los hechos se enfrentó a otro juicio ante el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería por un delito de exhibicionismo y otro de provocación sexual del que resultó condenado por sentencia firme.

Ante los hechos descritos, el hombre fue condenado a una pena de nueve meses de multa a razón de seis euros diarios por el delito de coacciones y a ocho meses de prisión por el de allanamiento, si bien se le concendió la suspensión de la pena privativa de libertad por un periodo de tres años con la condición de que no delinca en ese tiempo.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN