El tiempo en: Chiclana
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Quince años de prisión por matar a su compañera sentimental

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 15 años de cárcel y al pago de una indemnización de 100.000 euros a Amparo M. P. por asesinar en 2011 a su compañera sentimental, a la que asfixió con sus propias manos mientras mantenían relaciones sexuales

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 15 años de cárcel y al pago de una indemnización de 100.000 euros a Amparo M.P., la mujer de 52 años acusada de asesinar en 2011 en un piso de la calle Nueva Bellavista a su compañera sentimental, a la que asfixió con sus propias manos mientras mantenían relaciones sexuales.

   Tras el veredicto de culpabilidad emitido el pasado día 9 de abril por un jurado popular, la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a la acusada a 15 años de prisión por un delito de asesinato con la agravante de abuso de confianza y la atenuante de drogadicción y al pago de una indemnización de 25.000 euros a cada uno de los cuatro hermanos de la víctima, lo que hace un total de 100.000 euros.

   La sentencia, consultada por Europa Press, recoge como hechos probados que el 24 de diciembre de 2011, en el curso de unas relaciones sexuales consentidas y "con la intención de causarle la muerte", la imputada "comprimió con sus manos" el cuello de la víctima, Rosario N.P., "hasta matarla". "Para ejecutar su propósito de matar, se aprovechó de la confianza" que la fallecida tenía en ella.

   Al hilo de ello, añade que la acusada, que sufría una "grave" adicción a las drogas que limitaba su capacidad de entender y de querer, dio muerte a la fallecida "sin que ésta pudiera defenderse, aprovechando que se encontraba atada a la cama por las muñecas".

   La Audiencia Provincial argumenta que la confesión de la procesada y el informe pericial emitido por el forense "permiten considerar acreditado tanto que la muerte se produjo intencionadamente como consecuencia de que le comprimieron el cuello hasta asfixiarla como que la agredida no pudo defenderse porque se encontraba atada a la cama por las muñecas sin posibilidad de desplegar acción defensiva alguna", lo que implica alevosía.


PERSONALIDAD "DÉBIL Y DEPENDIENTE"

   Además, estima la agravante de abuso de confianza, "pues la relación sentimental de pareja que existía entre acusada y víctima concedía a aquella una especial relación de confianza que fue aprovechada por la acusada para ejecutar el plan con mayor facilidad y éxito, no en vano la víctima permitió que la atara en la confianza de que obedecía a la intención de realizar juegos sexuales", tal y como reconoció la condenada en la vista oral.

   Igualmente, la Audiencia tiene en cuenta la atenuante de haber actuado bajo una "grave" adicción a las drogas, lo que "junto a su personalidad débil y dependiente, como explicó el forense, provocó una disminución de su capacidad de entender y de querer".

   A la hora de fijar la responsabilidad civil, la Audiencia tiene en cuenta que se trata de un delito doloso y, por ello, "existe una mayor aflictividad" para los perjudicados, en este caso los cuatro hermanos de la víctima, a cada uno de los cuales la imputada deberá pagar 25.000 euros de indemnización.


LA ACUSADA RECONOCIÓ LOS HECHOS

   Hay que recordar que, tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, tanto el fiscal como la acusación particular solicitaron la imposición de una pena de 15 años de prisión.

   Durante el juicio, la acusada reconoció haber cometido el crimen, aunque su abogada defensora alegó que actuó bajo los efectos de las drogas y el alcohol, sustancias de la que es "consumidora habitual" desde que tenía 14 años.

   Tras ello, el fiscal renunció a toda la prueba testifical prevista y únicamente consideró necesaria la comparecencia de los médicos forenses que practicaron la autopsia al cadáver y del psiquiatra que se entrevistó con la acusada una vez ocurrieron los hechos a fin de poder determinar la existencia de la atenuante alegada por la letrada de la defensa.

   Así, un médico forense especialista en psiquiatría aseguró que la acusada "no tiene un trastorno mental, pero sí un serio problema con las drogas", a lo que se suma que tiene una inteligencia "límite" aunque sin llegar a ser "una retrasada mental", añadiendo que su conclusión es que "la capacidad de comprender lo que estaba haciendo estaba intacta, pero su voluntad se encontraba limitada".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN