La proposición de Ley para la mejora de las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos andaluces mediante técnicas bioclimáticas y uso de energías renovables contempla dar a la Junta de Andalucía un plazo de 18 meses, desde la entrada en vigor de la misma, para la realización de valoraciones o auditorías energéticas de los centros educativos que se consideren "prioritarios".
Así figura en el dictamen de dicha proposición de ley --registrada por Adelante Andalucía-- aprobado por unanimidad en la comisión de Educación y Deporte celebrada el pasado 10 de marzo, y consultado por Europa Press.
El dictamen fue aprobado días antes de la declaración, por parte del Gobierno central, del estado de alarma con motivo de la pandemia del coronavirus Covid-19, durante el que se ha suspendido la actividad en el Parlamento andaluz, donde, antes de esa circunstancia, se contemplaba debatir esta proposición en pleno el próximo mes de abril.
La finalidad de esta ley es "la mejora de las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos públicos andaluces, mediante el desarrollo de determinadas actuaciones que contengan la aplicación de técnicas bioclimáticas y de energías renovables, en coherencia con los objetivos de calidad en la enseñanza, reglamentación laboral y adecuación a los criterios de sostenibilidad ambiental establecidos por la legislación andaluza, estatal y europea".
La ley, que se estructura en tres capítulos, tres disposiciones adicionales, una disposición transitoria y tres disposiciones finales, se fija como objetivo "contribuir a reducir la huella de carbono a lo largo de la vida útil de la edificación y, en general, contribuir a las medidas frente al cambio climático".
El dictamen parte de la base de que "la gran mayoría de los edificios públicos dedicados a la enseñanza en Andalucía (...) carecieron en su origen del equipamiento necesario de sistemas de ventilación, climatización y producción de agua caliente mediante energías renovables o sostenibles, al tiempo que los materiales y métodos constructivos no tenían muy en consideración otros aspectos, como el aislamiento, la forma o la orientación solar de las edificaciones, u otras consideraciones climáticas o microclimáticas del lugar en el que se implantaban".
POR "UN AMBIENTE SALUDABLE" PARA ESCOLARES
El proyecto justifica como "de especial interés" para Andalucía "acometer las acciones oportunas para garantizar un ambiente saludable" de los escolares y del conjunto de la comunidad educativa, "garantizándoles un ambiente confortable, en términos de temperatura, humedad y ventilación de las edificaciones, en los colegios e institutos públicos en los que se imparten las enseñanzas obligatorias, así como las postobligatorias de Bachillerato, Ciclos Formativos, Enseñanzas Musicales y de Idiomas".
A la vez que se logra ese objetivo, el proyecto apuesta por "limitar el gasto energético en electricidad y combustibles fósiles y las emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyendo a la lucha contra el cambio climático y convirtiendo a Andalucía en un referente estatal, europeo y mundial en la atención con técnicas bioclimáticas y tecnologías renovables" a su comunidad educativa.
Las obligaciones dimanantes de esta ley serán "de aplicación" para los centros docentes públicos de titularidad tanto de la Junta de Andalucía como de las corporaciones locales y otras administraciones públicas, "creados mediante convenios de cooperación", y para los que sean "propiedad de otras administraciones públicas y donde se desarrollen servicios, programas y actividades educativos".
AUDITORÍAS ENERGÉTICAS
La ley, según el dictamen aprobado, establece que la Junta de Andalucía llevará a cabo "valoraciones" o "auditorías energéticas" de los centros educativos públicos de Andalucía "al objeto de conocer tanto las demandas energéticas de cada centro como las medidas correctoras necesarias resultantes para garantizar las condiciones de habitabilidad, confort térmico y eficiencia energética necesarias, mediante técnicas bioclimáticas y uso de energías renovables".
El proyecto contempla que, "en el plazo de seis años desde la entrada en vigor" de la ley, "deberá haberse realizado la totalidad de las valoraciones o auditorías energéticas de los centros educativos", si bien el plazo es más reducido --de 18 meses desde la entrada en vigor-- para completar las valoraciones o auditorías energéticas de los centros educativos que se consideren "prioritarios".
Para dar prioridad a unas valoraciones o auditorías energéticas, la Junta deberá apoyarse en criterios como la fecha de construcción de la infraestructura y la "inclusión en los sucesivos planes de infraestructuras de actuaciones significativas de reforma en centros por aproximación al final de su vida útil o por degradación de sus infraestructuras".
En cuanto a la financiación de las actuaciones, la ley, según el dictamen aprobado, contempla que, "por convenio financiero entre la administración pública titular del centro y la Junta de Andalucía, se podrá consignar la forma de financiación de las obras de adecuación energética", y las cuantías incentivables por la Administración autonómica "podrán ascender al 100% del presupuesto de la actuación".
La Junta --según continúa el dictamen-- "dotará de financiación suficiente para llevar a cabo las valoraciones o auditorías energéticas, las medidas correctoras recomendadas, la formación del personal y la elaboración de las guías técnicas", así como "promoverá proyectos de compra pública innovadora para tener instalaciones piloto en centros de referencia, usando tecnología climática de carácter innovador, preferentemente financiados" por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder).
Los grupos parlamentarios también han acordado que la Consejería competente en materia de educación, con la colaboración de la Agencia Andaluza de la Energía, "en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de esta ley, y al objeto de reducir el consumo energético y mejorar el confort interno de las edificaciones educativas andaluzas, aprobará una guía técnica de obligado cumplimiento".
Dicha guía "tendrá por objeto asegurar que la construcción de nuevos edificios educativos se lleve a cabo con técnicas de bioclimatización y el uso de energías renovables, así como el correcto uso de las infraestructuras y el suministro de energía en los centros educativos ya existentes, con el fin de garantizar el uso de energías renovables siempre que sea técnicamente posible".
Según especifica también el dictamen, "el resultado de las actuaciones sobre las edificaciones educativas tendrá como objetivo la renovación del aire y mantener la temperatura del medio ambiente interior de los espacios habitables en un intervalo de temperatura que cumpla con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) durante las horas de uso de la edificación, en orden a garantizar el confort adaptativo térmico".
Éste "podrá obtenerse mediante distintas técnicas y estándares constructivos, el uso de diferentes materiales de construcción, distintas instalaciones de gran rendimiento de energías renovables y la instalación o sustitución de sus equipos productores por otros de mayor eficiencia", según recoge el dictamen, que establece también que la energía requerida por el edificio educativo "procederá preferentemente de fuentes renovables".
Finalmente, el proyecto de ley atañe también al "entorno exterior" de los centros educativos --entendido como tal "todas las zonas e instalaciones destinadas a patios o a otros usos en toda la superficie perimetral acotada" del colegio--, que "deberá adaptarse a los objetivos señalados" en la norma.