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Huelva

Sanción a un Guardia Civil por un disparo accidental

Se le disparó accidentalmente en la habitación que ocupaba en un hotel de Matalascañas cuando la manipulaba.

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El Tribunal Supremo ha sancionado a un agente de la Guardia Civil por infringir la norma en el uso de su arma, después de que ésta se le disparara accidentalmente en la habitación que ocupaba en un hotel de Matalascañas (Huelva) cuando la manipulaba.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el Supremo desestima el recurso presentado por el agente contra la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2015 dictada por el Tribunal Militar Central en el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario que desestimó la pretensión anulatoria de la resolución del General Jefe de la Zona de la Guardia Civil de Andalucía que lo sancionaba.

Concretamente, le imponía pérdida de cinco días de haberes, como autor de una falta grave consistente en "el uso de armas infringiendo los principios y normas que regulen su empleo".

Se considera probado que el guardia civil, en compañía de otro de igual destino en la Comandancia de la Guardia Civil de Huelva, se encontraba en el hotel "Gran Coto" en la población de Matalascañas; ambos comisionados en el dispositivo de seguridad con motivo de la Romería de El Rocío 2013.

El 16 de mayo de 2013, ambos agentes compartían habitación en el hotel y sobre 13:10 horas de dicho día, mientras su compañero se encontraba en el baño de la habitación, esta persona procedió a manipular su arma oficial.

A tal fin, sin el cargador, accionó la corredera hacia atrás, y toda vez que no se apercibió de que en la recámara se hallaba un proyectil, accionó el disparador con la intención de hacerlo en vacío. Se produjo un disparo, el cual impactó en el suelo y después rebotó contra la parte inferior del marco de la puerta del balcón de la habitación donde ocasionó dos pequeños orificios.

En su recurso alegó indefensión al entender vulnerado su derecho a la prueba y que no se cumple el tipo disciplinario por la que ha sido sancionado, ni el principio de culpabilidad ya que "el disparo fue fortuito", motivos ambos que desestima el Supremo.

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