En concreto, el expediente, a cuyos términos ha tenido acceso Europa Press, establece la presunta infracción por parte de la Unión del Taxi del Aljarafe de los artículos 1 y 2 de la Ley de la Competencia. Asimismo, se abre un plazo de 18 meses desde la fecha de incoación --10 de noviembre de 2011-- para la instrucción y resolución del expediente, cuya incoación no prejuzga el resultado de la investigación ni los términos de la resolución.
En relación a la normativa aludida, el primer artículo hace alusión a las conductas "colusorias", ya que "se prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia", como la "fijación de precios; limitación o control de la producción; reparto del mercado; aplicación en las relaciones comerciales de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otros; o la subordinación de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que no guarden relación con tales contratos".
El segundo de los artículos hace referencia al "abuso de posición dominante" y prohíbe "la explotación abusiva por una o varias empresas de su posición de dominio en todo o en parte del mercado nacional", pudiendo consistir éste en la imposición, "de forma directa o indirecta", de precios u otras condiciones comerciales o de servicios no equitativos; la limitación de la producción, la distribución o el desarrollo técnico en perjuicio injustificado de las empresas o de los consumidores; o la negativa injustificada a satisfacer las demandas de compra de productos o de prestación de servicios.
También se alude a la aplicación, en las relaciones comerciales o de servicios, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes, que coloque a unos competidores en situación desventajosa frente a otros; o la subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio no guarden relación con el objeto de dichos contratos.
Por la parte denunciada, el presidente de la Unión del Taxi del Aljarafe, Joaquín Miranda, ha explicado a Europa Press que la denuncia ya está en manos de la representación jurídica del colectivo y que se alegará ante el Tribunal de la Competencia.
Miranda, que apunta a "rencillas internas" para justificar el caso, ha expuesto que "somos una asociación sin ánimo de lucro, con unos estatutos y normas cuyo incumplimiento acarrea una sanción". Y es que al denunciante, según el presidente de la asociación, se le apartó por "incumplimiento reiterado" al ser asociado de una empresa de taxis de Sevilla "que manda hacer servicios por el Aljarafe, prestándolos con precios inferiores, lo que va en contra de nuestras normas".