El tiempo en: Chiclana
Publicidad Ai

España

Absuelto de violar a su expareja en Morón

Por las versiones "contradictorias" de los implicados

Publicidad AiPublicidad Ai
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un hombre de agredir sexualmente a su expareja en el domicilio que ambos compartían en la localidad de Morón de la Frontera, ya que existen "dudas" acerca de lo ocurrido ante las versiones "contradictorias" sostenidas por las dos únicas personas presentes en el lugar "y la falta de otros datos que pudieran confirmar la versión de signo acusatorio".

En este sentido, la Fiscalía había pedido para el acusado ocho años de cárcel por un delito de agresión sexual, mientras que la acusación particular solicitó diez años de cárcel por un delito de violación y otro año de prisión por un delito de amenazas, así como el pago de una indemnización de 35.000 euros por los daños morales causados a las víctima.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que sobre las 11,15 horas del 22 de agosto de 2005 la mujer acudió al piso en el que había convivido con el acusado, abriendo con su propio juego de llaves. Una vez dentro, encontró a su expareja, con el que inició una discusión motivada por el hecho de que se hubieran repartido por el vecindario una serie de pasquines realizados por la madre del imputado "referidos a ella y a su presunto indebido comportamiento".

Durante la discusión, el imputado le pidió que le devolviera las llaves, a lo que ella se negó, lo que, unido a otros temas de naturaleza económica, "determinó que se iniciase un forcejeo entre ellos, en el curso del cual el imputado cogió por los brazos a su ex y la empujó, dejándola caer al suelo y consiguiendo hacerse finalmente con las llaves". Sendos informes médicos posteriores determinaron que la mujer presentaba dos fisuras anales "cuyo origen no se ha podido" aclarar, así como dos arañazos.

"DUDAS" SOBRE LO OCURRIDO

La Audiencia Provincial considera que el acusado no es autor ni del delito de agresión sexual ni del delito de amenazas que se le imputaban, ya que el testimonio de la supuesta víctima "no disipa las dudas que nos asaltan sobre lo ocurrido", añadiendo que, según el forense, las fisuras anales "no tienen que atribuirse necesariamente a la existencia de una penetración anal, pudiendo tener su origen en procesos de otra naturaleza, por ejemplo un estreñimiento".

Al hilo de ello, y respecto a los arañazos, pone de manifiesto que el acusado "no ha negado que utilizara la fuerza física aquella mañana, y en todo momento ha reconocido que discutieron", mientras que también ha admitido que "la agarró por los brazos y la mujer cayó al suelo, lo que podría explicar razonablemente los dos arañazos que se hacen constar en los informes médicos".

El acusado negó en el juicio que la forzara a mantener relaciones sexuales, y también refirió que, el día de los hechos, la mujer "le advirtió de que lo iba a denunciar porque sabía además que tenía pendiente una causa por agresión sexual", una advertencia que el imputado justificó "en su negativa a que se llevara nada del piso hasta que no le devolviera un dinero que entiende le debía".

Por su parte, la mujer situó dicha advertencia "en el contexto de que se sentía acosada por el acusado, que llevaba mal la ruptura sentimental y por ello le dijo que como no la dejase en paz lo denunciaría por acoso", un dato que --según prosigue la Audiencia-- ponen de manifiesto que "las relaciones entre ambos tras su ruptura no eran amistosas, y de hecho existían entre ambos intereses contrapuestos incluso de contenido económico".

"Todas estas razones justifican las dudas que tenemos sobre lo ocurrido ante las versiones contradictorias existentes, tan posible la de cargo como la descargo, y esto solo tiene una forma de resolverse en derecho, que es el dictado de una sentencia absolutoria", concluye el fallo.


TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN