El Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba ha condenado al exalcalde de Hornachuelos Julián López (GIH) a dos años y seis meses de prisión, nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y multas por 4.300 euros como autor de un delito contra la ordenación del territorio y otro de prevaricación, tras supuestamente permitir la construcción de una casa ilegal.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada también ha condenado a un año de cárcel y multa de 2.160 euros al propietario de la parcela donde se ejecutó la obra ilegal permitida por el regidor, al tiempo que ordena la demolición, con cargo a los acusados, de la construcción, levantada en el Parque Natural de Hornachuelos.
En concreto, según ha adelantado el diario 'ABC', se da por probado que entre el verano de 2006 y agosto de 2008, el dueño de la finca, el acusado J.M.M., "a sabiendas de su falta de derecho para ello y sin solicitar licencia", promovió y construyó una ampliación de la edificación existente y otra nueva.
Primero comenzó con la realización de un porche de acceso a la vivienda y una ampliación de ésta con el añadido de un dormitorio y un baño. Estas obras quedaron terminadas en el verano de 2006.
En el verano de 2007 de nuevo acometió las obras y realizó lo que es una nueva edificación independiente con salón, tres dormitorios y dos baños, cochera, terraza con zona solárium y entrada independiente a la vivienda preexistente. Todo ello en el límite mismo de la propiedad con la colindante, con el consiguiente perjuicio a su propiedad. También construyó un nuevo pozo o fosa séptica.
No obstante, el suelo donde se ubica la edificación está clasificado como suelo no urbanizable de protección de ecosistemas. Así, el 5 de agosto de 2007 se produjo la primera denuncia de la vecina ante el Ayuntamiento de Hornachuelos. El 5 de octubre se giró visita de inspección a la parcela. El 9 de noviembre, la colindante reiteró su denuncia con un croquis de la evolución de las obras.
De este modo, el Ayuntamiento dictó una resolución días después acordando la paralización. Si bien, el procesado, pese a la citada orden, continuó las edificaciones hasta su completa terminación. De nuevo, el 30 de junio de 2008, la vecina insistió en que los trabajos proseguían pese al requerimiento de paralización. La obra terminó en agosto de 2008.
Durante 2008, 2009 y 2010 la propietaria colindante siguió reiterando sus denuncias "sin que el Ayuntamiento y concretamente el alcalde aplicase la disciplina urbanística". Por cuatro veces en 2018, la Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía trasladó al Consistorio otras denuncias de la mencionada propietaria, que piden las resoluciones dictadas en materia sancionadora y vuelven a exigir al alcalde que ejerza sus competencias.
Cabe destacar que el exalcalde fue condenado por un delito de prevaricación anteriormente en una sentencia de octubre de 2012 que fue confirmada por la Audiencia Provincial en enero de 2013.