Instituto de Estudios Económicos pide mejorar prácticas regulatorias

Publicado: 06/11/2019
El informe 'Las buenas prácticas regulatorias' defiende que los reguladores deben tener independencia respecto de los poderes políticos y el "diálogo continuo
Los reguladores deben gozar de independencia respecto de los poderes políticos y evitar que la regulación económico-sectorial se aproveche o se ponga al servicio de otros fines, ya que la acción de los reguladores debe ser compatible con la seguridad jurídica, según concluye el informe 'Las buenas prácticas regulatorias' del Instituto de Estudios Económicos.

El documento explica que la forma de vertebrar esta realidad, sobre materias que además pueden tener una especial complejidad técnica, es mediante la obligación o práctica de seguir procedimientos reglados de diálogo continuo e iteractivo entre estos actores, "frente al modelo tradicional regulatorio, que limitaba la presencia de las empresas en el proceso regulatorio al trámite administrativo de alegaciones una vez se hacía pública la normativa".

Los autores consideran fundamental que el regulador genere y transmita credibilidad. "Para ello", añaden, "al tiempo que se dispone de una elevada discrecionalidad técnica, es muy importante que se sigan una serie de procedimientos formales (reuniones, consultas, etc.) en los que se expongan y se discutan las razones técnicas y económicas de las decisiones que se pretendan adoptar".

El informe insiste en que sólo a través de una adecuada participación de los sectores afectados por un cambio normativo se pueden evitar supuestos en que la normativa resulte en litigiosidad que, "a la larga, pueda tener efectos adversos para la Administración".

"Un marco institucional", afirma, "que establezca una regulación eficiente, estable y predecible, y que garantice de forma efectiva, y no solo formal, la seguridad jurídica, a través del cumplimiento de los contratos, es clave para el buen funcionamiento de las empresas y, por tanto, para el crecimiento económico, y la generación de riqueza y bienestar a largo plazo de un país".

IMPACTO EN LAS EMPRESAS

El documento del Instituto de Estudios Económicos recuerda que para las empresas afectadas, el incumplimiento de los principios de buena regulación "tiene un impacto directo en términos de costes y un efecto indirecto de aumento de la incertidumbre, lo que influye negativamente sobre sus decisiones operativas", provocando una reducción de la inversión, o incluso la paralización total de la misma, en la medida en que las firmas afectadas prioricen el mantenimiento de los activos ya existentes frente a la inversión en otros nuevos.

Aseverá que las empresas ven incrementada su prima de riesgo en el mercado y, por lo tanto, su coste de capital, cuanto mayor sea la incertidumbre que acaezca, ya que los inversores, ante el incremento del riesgo percibido, exigen una mayor rentabilidad que lo compense a priori.

En este sentido, advierte de que los cambios regulatorios no predecibles incrementan la volatilidad de la industria, con el consecuente aumento del riesgo de negocio y, por tanto, de la prima de riesgo exigida por los inversores. "De este modo, el riesgo regulatorio ha llegado a ser un componente importante del riesgo total para estas empresas, hecho que el regulador, como buena práctica, debería tener en cuenta, tanto a la hora de llevar a cabo cambios normativos disruptivos no deseables, como cuando utiliza los indicadores de coste capital como criterios de retribución", argumenta el Instituto.

AUMENTO DE LA LITIGIOSIDAD

Además, el informe señala que un indicador indirecto de mala práctica regulatoria es el nivel de litigiosidad que provoca. "Por ello, cuando resulta posible, la regulación debe intentar hacerse en marcos de diálogo continuo con los afectados".

Por ello, reclama incorporar una serie de principios generales para establecer unas buenas prácticas regulatorias, entre ellos la seguridad jurídica, estabilidad y predictibilidad; la accesibilidad y participación en el proceso regulatorio; la eficacia, orientación, proporcionalidad y justificación de las propuestas normativas; y la consistencia, credibilidad, simplicidad y transparencia.

Concluye reiterando que la seguridad jurídica es uno de los principales pilares del Estado de Derecho, protegida por la Constitución, a lo que habría que añadir la protección del Derecho comunitario a través del principio de protección de la confianza legítima.

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