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Andalucía

Entra en vigor la orden para facilitar la conciliación familiar y laboral de docentes interinos andaluces

Hasta tanto no se informe de la finalización de las referidas circunstancias, se reconocería el tiempo transcurrido a los solos efectos de que compute en la bolsa de trabajo a la que pertenezca

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La orden por la que se modifica la normativa que regula las bolsas de trabajo del profesorado interino andaluz, introduciendo medidas tendentes a facilitar la conciliación familiar y laboral de estos docentes, entra en vigor desde este sábado tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

   De esta manera, la 'addenda' al acuerdo para la ordenación de la función pública docente en Andalucía y el acceso a puestos de trabajo en régimen de interinidad, firmada por Consejería de Educación y sindicatos representados en la Mesa Sectorial, incluía, según los términos del borrador, consultado por Europa Press, que en los supuestos de oferta vacante sobrevenida, tras la adjudicación definitiva de destinos para cada curso académico, quienes aleguen razones relacionadas con la maternidad, la adopción o el acogimiento ocuparán, una vez disfrutado el permiso correspondiente, dicha vacante ofertada.

   Hasta tanto no se informe de la finalización de las referidas circunstancias, se reconocería el tiempo transcurrido a los solos efectos de que compute en la bolsa de trabajo a la que pertenezca.

   Asimismo, se da cabida a una antigua reivindicación sindical según la cual al personal funcionario interino con tiempo de servicio en las bolsas de trabajo de la administración educativa se le reconocerá el periodo resultante de la suma del que se le tenga reconocido en cada una de las bolsas de que forme parte, siempre que sean en periodos temporales no coincidentes y que las bolsas sean de especialidades del mismo cuerpo al que se hallan asimiladas.

   También se contempla que los interinos o aspirantes de las bolsas bilingües que no dispongan de la acreditación del nivel de competencia lingüística B2 podrán disponer de un plazo suficiente para ello, pasando en la bolsa a la situación de 'no disponible'. Por otra parte, Educación no incluirá en las resoluciones de adjudicación de destinos provisionales mención alguna a derecho preferente del personal funcionario interino participante en el Plan de Calidad.

   En lo referente a otras medidas de conciliación de la vida familiar y laboral, destaca la posibilidad de que, una vez conocidos los destinos provisionales del personal funcionario interino o aspirante a interinidad, se puedan acometer intercambios entre adjudicatarios --sólo se podría solicitar uno por curso académico--, siempre que los destinos sean del mismo cuerpo y especialidad y que el tiempo de servicio de ambos no difiera entre sí más de cinco años.

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