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Andalucía

Maeztu pide a la Junta "agilizar" ayudas para personas dependientes

"Se ha superado en exceso el plazo máximo legal para el reconocimiento del grado de dependencia del afectado y del reconocimiento de la presentación", apunta

  • Jesús Maeztu. -

El Defensor del Pueblo Andaluz ha pedido a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad a través de la Delegación en Sevilla que, "sin más dilación", se impulse "la resolución del Programa Individual de Atención de la persona dependiente", reconociéndole el derecho de acceso a la prestación económica para cuidados en el ámbito familiar, "agilizando la ayuda para el cuidado".

Esto, ante una queja presentada por la hija del afectado, manifestando que "su padre, con grado III de Gran Dependencia, tras una revisión de su situación, el 23 de junio de 2022, se elaboró la propuesta de entrada en el Programa Individual de Atención (PIA) con el objetivo de un aumento de la intensidad del servicio". Una propuesta de la que actualmente "no ha sido dictada la correspondiente resolución aprobatoria y por la que el afectado lleva esperando más de dos años y medio".

Una situación que causa "desesperación" ante la necesidad, propuesta por un profesional sanitario de "servicio de ayuda a domicilio con una intensidad de 66 horas semanales, junto con el servicio de teleasistencia avanzada, como modalidad de intervención más adecuada".


Según ha considerado Maeztu, "el plazo máximo, entre la fecha de entrada de la solicitud y la de resolución de reconocimiento de la prestación de dependencia será de seis meses, independientemente de que la Administración Competente haya establecido un procedimiento diferenciado para el reconocimiento de la situación de dependencia y el de prestaciones", recogido en la Ley del procedimiento administrativo común (Ley 39/2015), con las especificidades que resulten de la propia Ley 39/2006.

"SUPERA EL PLAZO LEGAL"

En este sentido, el Defensor del Pueblo ha señalado que "se ha superado en exceso el plazo máximo legal para el reconocimiento del grado de dependencia del afectado y del reconocimiento de la presentación", calificando los 31 meses transcurridos "como inadmisibles, tras la presentación de la solicitud de dependencia y normalizándose la demora que le afecta".

También ha indicado que "no se reivindica la alteración del orden de incoación de los expedientes de dependencia", sino que se insta "al cumplimiento de los plazos legales máximos para la resolución de los citados expedientes, vencidos los mismos en exceso". Así, el Defensor del Pueblo ha indicado que "este vencimiento supone vulnerar la normativa estatal y autonómica".

Finalmente, Maeztu ha abundado que "se impulse la resolución del programa individual de atención a la persona dependiente", reconociendo al afectado dicha prestación económica para cuidados en el ámbito familiar que se encuentra en el grado de dependencia III.

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