Visto para sentencia el juicio por el ?caso Chico?
De ser favorable al club cadista, se percibirían 1?3 millones de euros de la UD Almería
La suerte está echada. En la mañana de ayer se celebró la vista ante la jueza, Nuria Orellana, por el Caso Chico. En juego, una plusvalía del 30% por el traspaso del jugador, Jose Manuel Flores Chico al Génova desde el Almería, lo que supondría un ingreso para el club de 1.290.000 de euros que sanearía bastante las mermadas arcas cadistas. En la vista declararon tanto Antonio Muñoz, presidente del Cádiz por aquel entonces; como el representante del jugador, Álvaro Torres; el director deportivo de la entidad almeriense, Álvaro Benito; así como su director general José Juan Bonilla.
La polémica radica principalmente en un contrato que Antonio Muñoz habría firmado renunciando a este 30%, que venía marcado en el contrato de venta del jugador al club albirrojo por el cual el Cádiz se haría con ese porcentaje de la cantidad por la que fuera vendido en un futuro el jugador. La renuncia tampoco sería gratuita, ya que en el documento de renuncia figura una cláusula por la cual el Cádiz percibiría 500.000 euros en vez del 30% estipulado en un principio. El máximo accionista del Cádiz alega que el documento “se firmó el 20 de Julio, presionado por el representante de Chico”. Según el ex dirigente amarillo, desde Almería aseguraban que de no firmarse el documento, el jugador no sería traspasado, sino cedido, por lo que el Cádiz no vería dinero. Además, para enrarecer aún más la situación, el documento carece de la firma del presidente almeriense, Alfonso García, llevando tan sólo la de Antonio Muñoz, por lo que el documento nunca fue devuelto a Cádiz firmado.
interviene el administrador
Por su parte, el representante de la Administración Concursal del Cádiz CF, Pascual Valiente, fue el último en exponer sus alegatos, afirmando que el contrato de renuncia firmado por Antonio Muñoz carecería de valor legal, ya que “con el procedimiento concursal hay una salvaguarda de la masa activa y se ha infringido por parte del Cádiz” explicando después “el Cádiz sabía y debió tener la prevención de no firmar ese documento y el Almería también sabía que el Cádiz iba a acogerse a la Ley Concursal”. Valiente terminó exponiendo que “el Cádiz no estaba en condiciones de decidir y se ha defraudado y perjudicado a la masa activa, por lo que procede la acción de anulación”, de la citada renuncia.
La polémica radica principalmente en un contrato que Antonio Muñoz habría firmado renunciando a este 30%, que venía marcado en el contrato de venta del jugador al club albirrojo por el cual el Cádiz se haría con ese porcentaje de la cantidad por la que fuera vendido en un futuro el jugador. La renuncia tampoco sería gratuita, ya que en el documento de renuncia figura una cláusula por la cual el Cádiz percibiría 500.000 euros en vez del 30% estipulado en un principio. El máximo accionista del Cádiz alega que el documento “se firmó el 20 de Julio, presionado por el representante de Chico”. Según el ex dirigente amarillo, desde Almería aseguraban que de no firmarse el documento, el jugador no sería traspasado, sino cedido, por lo que el Cádiz no vería dinero. Además, para enrarecer aún más la situación, el documento carece de la firma del presidente almeriense, Alfonso García, llevando tan sólo la de Antonio Muñoz, por lo que el documento nunca fue devuelto a Cádiz firmado.
interviene el administrador
Por su parte, el representante de la Administración Concursal del Cádiz CF, Pascual Valiente, fue el último en exponer sus alegatos, afirmando que el contrato de renuncia firmado por Antonio Muñoz carecería de valor legal, ya que “con el procedimiento concursal hay una salvaguarda de la masa activa y se ha infringido por parte del Cádiz” explicando después “el Cádiz sabía y debió tener la prevención de no firmar ese documento y el Almería también sabía que el Cádiz iba a acogerse a la Ley Concursal”. Valiente terminó exponiendo que “el Cádiz no estaba en condiciones de decidir y se ha defraudado y perjudicado a la masa activa, por lo que procede la acción de anulación”, de la citada renuncia.
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