El transporte interurbano funcionará el 29S a un 25%
En cuanto al personal de las empresas de enseñanza, se deberá garantizar la presencia en todos los centros no universitaria de al menos el director del centro
Según los datos de servicios mínimos establecidos por la Consejería de Empleo en la Comunidad, en aquellos supuestos en que sólo exista un servicio diario de cualquiera de estos tipos, éste deberá mantenerse. En el personal de las empresas de transporte urbano, se garantizará el 25 por ciento de los servicios prestados en situación de normalidad durante las horas puntas --de 6,00 a 9,00 y de 18,00 a 21,00 horas-- .
En cuanto al personal de las empresas de enseñanza, se deberá garantizar la presencia en todos los centros no universitaria de al menos el director del centro; y en el caso del personal dependiente de los mercados centrales de abastecimiento y empresas mayoristas de alimentación en ellos ubicadas, mataderos, alhóndigas y lonjas de pescado, los servicios mínimos que deberán garantizarse serán de dos trabajadores de mantenimiento y dos de vigilancia en cada turno.
En el caso del personal laboral de los ayuntamientos, los servicios a garantizar por el personal laboral, y siempre que no hayan sido cubiertos por funcionarios, serán los de protección civil, prevención y extinción de incendios, protección de la salubridad pública, cementerio y servicios funerarios, prestación de los servicios sociales y de reinserción, suministro y mantenimiento de alumbrados públicos y semáforos, abastecimiento y saneamiento de aguas, vigilancia y mantenimiento de pasos a nivel, portería, vigilancia y mantenimiento de estaciones de autobuses y mantenimiento de servicio.
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