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Comienza a deliberar jurado popular por el rapto y muerte de Míriam

Tras la ruptura definitiva, él volvió a contactar con Gema y le pidió que viniese a la provincia "poniéndole el pretexto de que quería regalarle a su hija Míriam un traje para bautizarla y había que tomarle medidas"

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  • Juicio. -

El jurado popular que debe emitir veredicto sobre el rapto y muerte de la bebé de 16 meses de Palma del Condado (Huelva) Míriam Cuerda en diciembre de 2012 ha comenzado a deliberar este lunes para dirimir si el único procesado, Jonathan Moya, de 28 años, es culpable de homicidio o, por contra, tal t como consideran el Ministerio Fiscal y la acusación particular, cometió un asesinato.

   El presidente del tribunal, el magistrado Luis Durbán, ha hecho entrega a las cinco mujeres y los cuatro hombres que integran el jurado, y que se han encerrado pasadas las 13,15 horas, de dos objetos de veredicto; uno para decidir sobre el delito de detención ilegal de la menor, que Moya González ha admitido desde el principio, y otro para determinar si la muerte de Míriam fue un asesinato con alevosía o un homicidio, como lo califica su defensa.

   En el primer caso, el fiscal estima que el rapto de la pequeña se encuadra en un delito de detención ilegal pero para acusación particular concurre, además, la agravante de alevosía ya que, a su juicio, habría quedado probado a lo largo de la vista oral que el procesado se llevó contra la voluntad de su madre, Gema Cuerda, a la niña respondiendo a "un plan preconcebido".

   Por otra parte, en la última de las cinco sesiones del juicio, el letrado de la defensa, José Ramón Cantalejo, reconoció, a la vista de la pericial forense en la que los médicos calificaron la muerte como "homicida" y "no accidental", que su cliente cometió el homicidio pero sostuvo que no tenía "intención alguna de matarla" y que fue consecuencia de una "concatenación de circunstancias desgraciadas, que juntas todas ellas, llevaron a la muerte de una pobre niña".

   "Jonathan Moya no tenía, en conciencia, voluntad de matar. De verdad, ese ánimo no existe. Con los golpes en la cabeza no la mató, quedó viva pero él no tuvo conocimiento de eso. Es un mentiroso compulsivo, sí, pero su comportamiento fue el de quien quiere salir como pueda de algo que no quería que pasará. Fue una huida hacía delante, estaba escapando del problema", aseguró Cantalejo, quien previamente modificó su escrito de defensa, en el que sólo recogía un delito de lesiones, para incluir el delito de homicidio, por el que pidió diez años de prisión que se suman a los cinco años por el delito de detención ilegal.

CRIMEN "FRÍO Y PLANEADO"

   Por su parte, el fiscal trasladó en su alegato, tras elevar a definitivo su escrito en el que solicita penas que suman 26 años de cárcel, que Jonathan Moya raptó y asesinó a golpes en diciembre de 2012 a la bebé de forma "fría y planeada" y que, además, se "aseguró de forma alevosa" de su muerte "envolviendo su cara en plástico y arrojando su cuerpo" a una balsa de riego, por lo que pidió un veredicto de culpabilidad para quien "no está preparado para vivir en sociedad, vive al margen de la ley, utiliza a las personas , está dispuesto a todo para conseguir lo que se propone y debe ser castigado".

   En esta línea, aseguró que "no hay duda razonable" acerca de la culpabilidad de Moya González, ya que "toda la escena del crimen conduce a él" y señaló que se trata de un asesinato ya que el procesado, "con 25 años, 1,83 metros de altura y 90 kilos del procesado se dirigió contra una bebé de 16 meses, que apenas sabía caminar, que no hablaba, separada a la fuerza de su madre, para golpearla".

   En su último turno de palabra, Moya González pidió "perdón" a la familia, insistió en que "no es un asesino", en que "no hizo esa barbaridad" y en incriminar a su amigo. "El verdadero asesino está en la calle y si no me hubiera dado la idea de llevarme a la niña para venderla, no estaría aquí. Soy un estafador pero no un asesino. Sólo quería darle un susto a su madre cuando me la lleve", afirmó.

    El Ministerio Público detalla en su escrito, que elevó a definitivo, que la madre de la menor y el acusado contactaron a través de una web donde ella había puesto un anuncio y que él, desde el principio, "ocultó su verdadera identidad, identificándose con el nombre de Juan". Además, le contó que era "un rejoneador de prestigio, con fincas de ganadería y un nivel de vida alto, datos --subraya-- que eran falsos y de los que hizo uso para ganarse su confianza".

   Tras la ruptura definitiva, él volvió a contactar con Gema y le pidió que viniese a la provincia "poniéndole el pretexto de que quería regalarle a su hija Míriam un traje para bautizarla y había que tomarle medidas".

   En la noche del 19 de diciembre de 2012, las recogió él en la estación en un BMW al que subieron y con el que tomaron la A-92 hasta que Moya González cogió desvíos por carreteras secundarias. Añade el fiscal que madre e hija pasaron esa "fría" madrugada en el interior del coche con el presunto secuestrador y asesino, y en la mañana se volvió a repetir la rutina anterior".

   El supuesto rapto se produjo a las 13,00 horas del día 20 cuando, en un paraje deshabitado y "con escaso tránsito de personas", le habría pedido a Gema que se bajase del coche para ayudar a arrancarlo empujando "puesto que se había parado el motor". En ese momento, aprovechando que la niña aún continuaba en el interior del turismo, arrancó a "gran velocidad" mientras le decía "ahora vas a correr. Tú te quedas aquí y me llevó a la niña", según señala.

MECANISMO DE LA MUERTE

   Moya González se habría escondido a continuación en el Cortijo Torre Marfil, propiedad de la familia, y allí habría retenido a la bebé con vida hasta que cometió el crimen entre los días 24 y 25 de diciembre "porque la pequeña se había puesto a llorar y a gritar reclamando a su madre, por lo que temía ser descubierto".

   El Ministerio Público indica que, aprovechando que "no podría oponerle resistencia debido a la abismal diferencia de fuerza física", le "tapó la boca para hacerla callar y al golpeó con gran fuerza y en reiteradas ocasiones en la cabeza con un objeto contundente y plano, dejándola gravemente herida e inconsciente fruto del traumatismo craneoencefálico que le provocó una gran hemorragia subaracnoídea".

   Señala que, "estando aún con vida", el procesado la envolvió en plástico transparente, "tapándole la boca y la nariz, rodeando completamente la cabeza y el cuerpo de la niña de forma que impedía entrar el aire, provocando así su muerte por asfixia y asegurándose su fallecimiento".

   La Fiscalía subraya que la "cantidad e intensidad de los golpes propinados", la superficie "contundente contra la que los mismos se produjeron", así como las zonas vitales afectadas "eran especialmente idóneas para causar el resultado moral", por lo que concluye que, "en modo alguno", el acusado podría desconocer el resultado tan grave que se produjo.

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