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Absuelto un preso de Málaga al que intervinieron drogas en la prisión

Fue sorprendido con hachís, cocaína y heroína en un cacheo integral y prueba radiológica tras un vis a vis con su pareja

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  • Sede del TSJA. -
  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga
  • Lo absuelve al estimar el argumento de que podía ser para consumo y no para distribuirlo entre otros presos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga que condenó a un preso a cuatro años y nueve meses de prisión por un delito contra la salud pública tras ser sorprendido con droga en la prisión.

El recluso fue sorprendido en el Centro Penitenciario de Alhaurín de la Torre (Málaga) con hachís, cocaína y heroína en un cacheo integral y prueba radiológica tras un vis a vis con su pareja el 7 de marzo de 2018.

El Tribunal de la Audiencia Provincial de Málaga consideró probado que el acusado iba a distribuir la droga entre los presos pero absolvió a su pareja al no poderse acreditar que ella se lo había dado en el vis a vis, según la sentencia, facilitada por el TSJA.

La defensa del acusado presentó un recurso de apelación y lo fundamentó en que la droga era para consumo propio y ahora la Sala de lo Civil y Penal del TSJA revoca la sentencia y lo absuelve al estimar el argumento de que podía ser para consumo.

La Audiencia de Málaga relacionó como indicios del proyecto de tráfico de drogas la variedad de sustancias, la forma en que las mantenía escondidas y el hecho de que se hallara privado de libertad y la carencia de prueba sobre su condición de consumidor.

El TSJA confirma que la pluralidad de droga refuerza la carga indiciaria respecto al tráfico de drogas pero también es frecuente que los adictos a sustancias estupefacientes consumen más de una de ellas y, concretamente, que compatibilicen el hachís con la cocaína y la heroína.

Debido a ello, la tenencia de cantidades pequeñas de más de una sustancia no es determinante para el alto tribunal andaluz de que la droga iba encaminada para el tráfico.

Tampoco que el acusado la mantuviera oculta dado que está absolutamente prohibida la posesión y consumo en la cárcel y además la defensa presentó una documentación para acreditar que era consumidor.

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