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Declaran prescritos los delitos de ?Pepe, el del Popular?

La Audiencia de Cantabria ha declarado prescritos los delitos de José Pérez Díaz, más conocido como Pepe, el del Popular, porque cree que la extinción de la responsabilidad penal debe computarse desde el año 1992, cuando se dictó el primer auto que lo declaraba en rebeldía, y no 1997.

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La Audiencia de Cantabria ha declarado prescritos los delitos de José Pérez Díaz, más conocido como Pepe, el del Popular, porque cree que la extinción de la responsabilidad penal debe computarse desde el año 1992, cuando se dictó el primer auto que lo declaraba en rebeldía, y no 1997.

A Pérez Díaz se le imputaban los delitos de falsedad continuada en documento mercantil, apropiación indebida y estafa, después de que en el año 1991 desapareciera de Santander cuando era director de la sucursal número 1 del Banco Popular, en donde se descubrió un agujero que la propia entidad cifró en 36 millones de euros.

En 2004 la Audiencia de Cantabria juzgó los hechos en ausencia en de Pérez Díaz y consideró probado “fuera de toda duda” que montó en su sucursal “un banco paralelo” entre 1986 y 1991.

En un auto que se dio a conocer ayer, la sección tercera de la Audiencia de Cantabria ha rechazado el recurso que planteó el Banco Popular y la Unión de Consumidores contra la prescripción de los delitos, que fue declarada el pasado mes de abril por el Juzgado de Instrucción número 3 de Santander.

Las acusaciones entendían que el plazo de prescripción debía contarse a partir del auto de apertura del juicio oral, de abril de 1997, pero la Sala apunta a otro anterior, de septiembre de 1992, que ya estableció la situación de rebeldía de Pérez Díaz.

Así, el tribunal señala que en ese auto de 1992 el Juzgado de Instrucción ya dictó la rebeldía, por lo que la declaración posterior de 1997 fue “redundante” e “innecesaria”. “Si la rebeldía de éste (Pérez Díaz) fue declarada en fecha 14-9-1992, ninguna necesidad había en el auto de apertura de juicio oral de 7-4-1997 de volver a declararla”, asevera la Audiencia, que además alude a otros tres autos anteriores a ese último que ya adoptaban medidas cautelares respecto al ex director de la oficina.

El tribunal añade que desde septiembre de 1992 hasta marzo de este año, cuando Pepe, el del Popular fue detenido en México, han transcurrido “más de 16 años en los que el procedimiento ha estado paralizado” respecto a esta persona, que se hallaba en rebeldía y en paradero desconocido.

El auto hace hincapié en que, en este contexto, es “irrelevante” si el plazo de prescripción es de diez años o de quince años, cuestión sobre la que discrepaban las partes de este proceso, pues, dado el tiempo transcurrido, los delitos que se imputaban a Pérez Díaz habrían prescrito.

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