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Málaga

Condenado por intentar matar a una mujer que no le correspondía

Siete años de prisión para un hombre que asestó varias puñaladas a la víctima, "por la que estaba obcecado"

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  • Juzgados -
  • Siete años de prisión para un hombre que asestó varias puñaladas a la víctima, "por la que estaba obcecado"

La Audiencia de Málaga ha condenado a siete años de prisión a un hombre por intentar matar a una mujer por una relación no correspondida y por la que estaba obcecado. Además, se le impone pagar a la víctima 28.000 euros por las lesiones y las secuelas causadas.

Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado se encontraba "bajo los estímulos de una relación no correspondida o de una situación previa con la víctima que le tenía levemente obcecado".

Los hechos sucedieron en septiembre de 2015. Un día, el acusado estaba en una calle de Fuengirola con un cuchillo cuyas características no se han podido determinar y se aproximó a la víctima, a la que le asestó varias puñaladas.

La Sala considera que el acusado tenía "ánimo de acabar con la vida" de la mujer, por lo que la atacó "de manera totalmente sorpresiva y evitando cualquier posibilidad de reacción", de forma que dos de las puñaladas fueron a la parte trasera de la nuca y en la zona del cuello.

El hombre, según se declara probado, no pudo terminar su propósito de acabar con la vida de la mujer porque intervinieron terceras personas, tras lo que se dio a la fuga, según se indica en la resolución.

A consecuencia de la agresión, la mujer sufrió varias heridas. El hombre fue localizado poco después en su domicilio y se entregó de forma pacífica a la Policía, reconociendo en ese momento los hechos ocurridos.

En el juicio oral, también admitió haber cometido los hechos y corroboró que cuando llegaron los agentes a su casa les confesó todo. Para el Tribunal, en la acción del acusado hubo intención de matar y también alevosía.

Así, le condena por un delito de asesinato en grado de tentativa, con la atenuante de arrebato u obcecación, imponiéndole la pena de siete años de cárcel y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse con la víctima por cualquier medio durante 15 años.

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