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Alonso declara por el nombramiento del director del CAF

El exconsejero de Cultura defiende el nombramiento como directivos de eventuales que eran asesores

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  • Luciano Alonso -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) celebra desde hoy el juicio por prevaricación contra el exconsejero Luciano Alonso, que ha defendido la legalidad de los nombramientos en cargos directivos de tres eventuales, que han negado tener relación de amistad con él.

La Sala Civil y Penal del alto tribunal ha iniciado el juicio contra Alonso, investigado por un delito de prevaricación en el nombramiento del director del Centro Andaluz de Flamenco (CAF) y de otros dos directivos que eran personal eventual.

La causa, que se inició a petición de la Fiscalía Superior, analiza el nombramiento de Luis Guerrero como director del CAF, centro con sede en Jerez de la Frontera (Cádiz) pero a quien se le asignaron tareas ajenas a esa cargo, situación que se repitió en la Filmoteca de Andalucía, en la que Alonso nombró supuestamente a dos directores con funciones de asesoramiento.

Alonso ha defendido durante su declaración, que se ha extendido durante más de una hora, que nombró a Guerrero porque precisaba de un asesor cultural para la provincia de Málaga por su alta actividad y que preguntó si había un puesto de libre disposición para dedicarlo a estos fines.

El exconsejero ha asegurado que firmó el nombramiento de Guerrero sin saber que ocuparía una dirección del CAF, que la documentación de estos cargos la redactaba una Secretaría General y que la firmó porque no venía con "alerta", una indicación por la que se habría detenido más.

"Son puestos de libre designación. No hay idoneidad, hay confianza", ha recalcado el exconsejero, que ha considerado que no era su función "entrar en el puesto administrativo" del asesor.

"No recibí ninguna alerta ni interna ni externa", ha reiterado Alonso, que ha recordado que los nombramientos por los que está procesado se formalizaron dentro de una "cadena de confianza y legalidad".

"Mi preocupación era la ley del cine o el Patronato de la Alhambra, no un eventual", ha detallado Alonso, que ha dicho que no dedicó a los nombramientos por los que es juzgado desde hoy "más de tres minutos" porque lo único que buscaba era un asesor eventual de libre designación.

Guerrero, que ha declarado como testigo propuesto por la Fiscalía, ha detallado que acometió los trabajos que le encargó la Viceconsejería, que nunca se consideró un funcionario, y ha negado que nadie le dijera en ningún momento que su puesto estaba en Cádiz porque "siempre me hablaron de la provincia de Málaga".

El que fue designado director del CAF ha asegurado que no pidió ese cargo "en ningún momento", que tuvo incluso que preguntar cuánto cobraría y ha apuntado que no era amigo del exconsejero, al que conocía por su trabajo en el área de Cultura de un periódico.

Los funcionarios policiales que realizaron los informes de diligencias que solicitó la Fiscalía han declarado que preguntaron por el director del CAF en su sede gaditana, donde un responsable dijo que ese puesto estaba vacante, y volvieron a preguntar por Guerrero en el Centro Andaluz de las Letras, sede en la que lo conocían como asesor porque tenía allí un despacho.

También han declarado en la sesión de hoy Alejandro Cárdenas y María Centeno, que en época de Alonso como consejero fueron nombrados director del Centro Andaluz de la Imagen y de la Filmoteca de Andalucía, con sede en Córdoba, pero que trabajaron en Sevilla.

Cárdenas ha recordado que le explicaron entonces que un artículo permitía reasignar funciones y que no tendría que trabajar en Córdoba, ya que se encargó de un informe comparado de legislación, y Centeno ha dicho que le pareció "raro" y preguntó, pero que hacía informes a petición de diferentes áreas de cultura.

Los tres han negado una vinculación personal con Alonso en la primera sesión de un juicio que continuará mañana con nuevos testigos y en la que el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, ha contestado a las cuestiones previas planteadas por el letrado de Alonso que no se ha vulnerado su derecho de defensa durante el proceso.

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