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Aplican retroactividad a la nulidad de una cláusula suelo del Sabadell

El Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Puerto Real da la razón a un matrimonio que contrató la hipoteca con el Banco Sabadell y anula la cláusula suelo

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  • BANCO SABADELL -

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Puerto Real, ha dictado sentencia de fecha 30/09/16, donde declara la  nulidad de la cláusula Tercera bis establecida en el contrato de préstamo hipotecario (relativa a la cláusula suelo) suscrita por un matrimonio en fecha 29 de junio de 2005,  y se condena a la entidad  financiera demandada, en este caso el Banco Sabadell, a la obligación de abonar a los actores las cantidades indebidamente percibidas desde el inicio del contrato, más intereses legales.

La dirección jurídica de los afectados, ha sido tramitada por el letrado José Luis Ortiz Miranda, especialista en Derecho Bancario y productos bancarios tóxicos, del Bufete Ortiz Abogados

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