El Juzgado número 2 de lo Social de Cádiz ha dado la razón a dos de los cuatro Diplomados Universitarios de Enfermería (DUE) que prestaban servicio en las instalaciones deportivas de Bahía Sur y en la piscina de La Magdalena, y que se vieron en la calle el pasado mes de marzo con el cambio de adjudicataria cuando se hizo cargo del servicio la empresa Preventium, que optó por no subrogar sus contratos. A partir de ahora, la adjudicataria tiene dos opciones, o readmite a estos dos DUE en su puesto de trabajo o pacta una indemnización.
La noticia era dada a conocer en la jornada de este viernes por la propia alcaldesa isleña, Patricia Cavada, tras recibir el fallo del citado juzgado gaditano. Cavada mostró su “satisfacción” tras hacerse pública las sentencias.
Tal y como ha recordado la regidora isleña, desde el gobierno local “siempre hemos defendido la profesionalidad de estos trabajadores, con más de 20 años de servicio en estas instalaciones deportivas, y que además son muy queridos por los usuarios. Así que impera y se reconoce lo que hemos venido defendiendo desde este gobierno progresista: la necesidad de reconocer la calidad del empleo de estos profesionales y viene a corroborar que la aplicación de las injustas leyes del PP que han precarizado contratos y salarios”.
En este sentido, Cavada recordó como “desde el primer día” el Gobierno local mantuvo que la plica de adjudicación del servicio recogía la subrogación conforme a la normativa laboral y convenios y que, además, comunicaba a las empresas que concurrían a la adjudicación del contrato que existía la obligación de subrogación conforme a los convenios existentes “y cuáles eran los trabajadores que tendrían que subrogar con todos los condicionantes laborales”. Además, según indica Cavada, “la propia sentencia reconoce que en la misma plica se amparaba la posibilidad de la subrogación”.
Cavada ha recordado las reuniones que desde el equipo de gobierno se han venido manteniendo con los trabajadores sanitarios y el “apoyo que desde el primer minuto” se les ha venido ofreciendo, animándoles a acudir a la vía judicial laboral como la única vía de resolución satisfactoria en este conflicto entre empresa y trabajador.
El fundamento
El fundamento jurídico en el que se basa la sentencia se refiere fundamentalmente a que el convenio colectivo aplicable a estos trabajadores es el convenio estatal de instalaciones deportivas y no el de establecimientos sanitarios. Esta sentencia viene a reforzar además la postura del equipo de gobierno en el sentido de que se trataba de una cuestión perteneciente al ámbito de las relaciones laborales y que se debía dirimir en el ámbito de la jurisdicción laboral.
Para concluir, la alcaldesa isleña ha reiterado su “satisfacción” porque la sentencia reconozca los derechos de estos trabajadores de las instalaciones deportivas y espera que todo concluya “de la mejor manera para todos”.
Recordar finalmente que el Ayuntamiento nunca ha estado obligado a contratar personal sanitario para estas instalaciones, pero que siempre lo ha hecho para mejorar la calidad del servicio y la seguridad de estos espacios deportivos municipales.