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Málaga

Confirman la responsabilidad del SAS por el paciente que le arrancó los ojos a otro en Málaga

La Audiencia de Málaga absolvió al procesado por la eximente completa de enajenación mental e impuso su internamiento en un centro adecuado durante siete años, con una posterior libertad vigilada por cuatro años.

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El Tribunal Supremo ha confirmado la responsabilidad civil subsidiaria del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y la responsabilidad civil directa de la aseguradora Zúrich en el pago de las indemnizaciones por la agresión de un paciente psiquiátrico a otro, al que arrancó los dos ojos.

La resolución del Supremo, a la que ha tenido acceso Efe, se ha producido por los recursos presentados por el SAS y la citada compañía de seguros a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga el pasado 27 de febrero.

Esa sentencia recogía en sus hechos probados que el 3 de febrero de 2013 el procesado, F.J.G.M., estaba ingresado en una habitación del Hospital Universitario Virgen de la Victoria de Málaga junto a la víctima, M.B., ambos enfermos psiquiátricos.


Tanto el procesado como la víctima se encontraban con sujeción mecánica de ambas extremidades por prescripción facultativa, aunque el primero logró extraer la mano derecha de su atadura sin fracturar el sistema de cierre.

Ello le permitió violentar los cierres magnéticos de la mano y pierna izquierdas, tras lo cual alcanzó con su mano la cama de su compañero, que tenía ruedas en las patas, lo que le permitió desplazarla hacia su posición, ya que la suya estaba anclada al suelo.

El procesado, aprovechando que su compañero de habitación "dormía y estaba inmovilizado, se abalanzó sobre él y tapándole con la almohada la boca, le extrajo, con una de sus manos, los dos ojos de sus cuencas y seguidamente le golpeó en la cara con la mesita de noche, para lo cual extrajo previamente el cajón de la misma".

A continuación, "el procesado volvió a situar todo el mobiliario en su lugar original y se introdujo nuevamente en su cama, siendo descubiertos los hechos algún tiempo después por el personal sanitario al realizar una de las rondas de vigilancia", añadía la sentencia en sus hechos probados.

La Audiencia de Málaga absolvió al procesado por la eximente completa de enajenación mental e impuso su internamiento en un centro adecuado durante siete años, con una posterior libertad vigilada por cuatro años.

También le condenó a indemnizar a la víctima con 10.080 euros más la cantidad que se fijara por las secuelas y declaró la responsabilidad civil directa de Zúrich y subsidiaria del SAS.

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