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Torremolinos

Bando de alcaldía sobre la propaganda de las elecciones municipales del 24-M

El alcalde de Torremolinos, Pedro Fernández Montes, ha hecho públicas las disposiciones en materia de publicidad electoral

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  • Pegada carteles (archivo) -

El alcalde de Torremolinos, Pedro Fernández Montes, ha hecho público hoy un Bando en el que hace públicas las disposiciones que, en materia de publicidad electoral, regirán en el municipio de cara al proceso de celebración de las Elecciones Municipales, que tendrán lugar el próximo 24 de mayo.

 

El Bando señala en primer lugar que “los postes y farolas del alumbrado público podrán servir de soporte a carteles de propaganda electoral de los Partidos Políticos y Coaliciones que se presenten, al igual que los demás espacios de propaganda electoral. Los Partidos y Coaliciones se responsabilizarán de los daños al material municipal que utilicen, así como a terceros, y del desmontaje posterior de la propaganda electoral que instalen, en el plazo de quince días contados a partir de la finalización de la campaña electoral”.

 

El Bando añade en este apartado que “en caso de incumplimiento, los soportes de propaganda serán desmontados por el Ayuntamiento en ejecución subsidiaria, corriendo por cuenta del interesado los gastos que dicha operación ocasione”.

 

A continuación, el Alcalde señala en el segundo apartado de este Bando que “la asignación del uso publicitario de los diferentes grupos de postes o farolas será distribuida por la Junta Electoral de Zona según la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (L.O.R.E.G.)”, y Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía”.

 

“Respecto a la fijación de carteles de propaganda electoral -señala el Bando en su punto Tercero-, se han dispuesto las medidas mencionadas a continuación:

 

- Por los Servicios Técnicos competentes del Ayuntamiento se procederá a la instalación de paneles destinados a tal fin en distintos puntos del municipio.

 

- Se prohibe instalar todo tipo de propaganda electoral en árboles, edificios de interés histórico artístico y aquellos lugares en los cuales la fijación comporte modificación o deterioro del medio urbano, histórico o ambiental de nuestra ciudad, no permitiéndose la fijación de carteles o ejecución de inscripciones directamente sobre edificios, muros u otros elementos similares, siendo en todo caso necesario la utilización de soportes exteriores”.

 

El Bando de Alcaldía, en relación con las Elecciones Municipales de Andalucía del próximo 24 de mayo, establece también en su apartado 4 que, “en virtud de lo dispuesto en el artº 43.1 del Decreto 326/2003, de 26 de noviembre, Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica de Andalucía, se dispensa en la vía pública, por tener carácter oficial, del cumplimiento de los niveles de ruidos señalados en el citado Reglamento, exclusivamente por el tiempo de duración de la campaña electoral, quedando en todo caso prohibido todo tipo de publicidad acústica entre las 23:00 horas y las 9:00 horas (periodo nocturno) al objeto de preservar el descanso vecinal”.

 

Asimismo, se establece que, “en cumplimiento del artículo 53 de la L.O.R.E.G., de lo dispuesto en la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía y demás normativa de aplicación, se deberá respetar el periodo estricto de campaña electoral para la realización de estos actos, recordando que ésta comienza el día 8 de mayo de 2015  y finaliza a las cero horas del 23 de mayo de 2015”.

 

Por último, el Alcalde señala en este Bando que “es deseable que todos los Partidos y Coaliciones, en beneficio de la imagen turística y de la limpieza de nuestro municipio, se ciñan estrictamente a las normas contenidas en este Bando, así como otras normas que puedan serle de aplicación” y que “también es deseable que el periodo de campaña electoral se desarrolle dentro de un marco de civismo y respeto al municipio, lo que sin duda es la mejor forma de apoyar su respectivo mensaje electoral ante el ciudadano”.

 

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