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TSJA confirma que el patrón del \"Nueva Pepita Aurora\" debe pagar recargo a viudas

La sentencia, que recuerda la falta de medidas de seguridad y el sobrepeso con la que navegaba el pesquero, estima el recurso interpuesto por las viudas de cuatro de los marineros fallecidos en el naufragio del buque, ocurrido el 5 de septiembre de 2007, para ampliar la sentencia del juzgado de lo S

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado que el patrón del "Nueva Pepita Autora", hundido en 2007 frente a las costas de Barbate, debe abonar solidariamente un recargo de un 50 por ciento en las pensiones de las cuatro viudas de los ocho marineros fallecidos en el naufragio.

La sentencia, que recuerda la falta de medidas de seguridad y el sobrepeso con la que navegaba el pesquero, estima el recurso interpuesto por las viudas de cuatro de los marineros fallecidos en el naufragio del buque, ocurrido el 5 de septiembre de 2007, para ampliar la sentencia del juzgado de lo Social número 3 de Cádiz.

Esta primera sentencia admitió la demanda de las cuatro viudas y condenó a la empresa "Nueva Pepita Aurora S.L." al pago de un recargo del cincuenta por ciento sobre sus prestaciones de viudedad y orfandad dadas las graves falta de medidas de seguridad que influyeron en el desenlace del accidente.

La diferencia es que aquella sentencia sólo aplicaba la condena a la sociedad (liquidada por los socios sin hacer frente a sus responsabilidades legales, según el abogado de las viudas Ramón Dávila y ahora el TSJA amplia la responsabilidad al armador y patrón del barco, José Vega.

El TSJA señala que en realidad la empresa era una sociedad familiar, en la que José Vega, patrón y armador del barco, arrendó la nave a la sociedad "Nuevo Pepita Aurora S.L.", formada por sus padres y que tenía como administradora única a su hermana.

Por ello aplica la "doctrina del velo" y acredita con ella la interrelación de bienes, derechos y obligaciones de las personas físicas y jurídicas relacionadas con la sociedad, que, según dice, se constituyó con una apariencia jurídica en fraude de ley para eludir responsabilidades al auténtico titular del buque.

Por ello revoca parcialmente la sentencia anterior para extender al patrón la responsabilidad de abonar los recargos de las prestaciones.

Según ha explicado a EFE el abogado de las viudas, la sociedad "Nueva Pepita Aurora" nunca se ha hecho cargo de abonar este recargo en las prestaciones de las cuatro viudas y sus hijos, y la nueva sentencia tampoco abre muchas posibilidades reales de que el patrón pueda abonar estas cantidades dada su situación.

No obstante, según el letrado, las viudas no cejarán en su derecho a obtener este recargo de sus prestaciones de viudedad (que rondan los 700 euros) y orfandad de sus hijos (que rondan los 150 euros) y que además tiene por sentencia carácter retroactivo, por lo que está pendiente de cobrar desde 2007.

Para el abogado esta sentencia de una vía civil del caso es "importante" porque confirma "cómo ocurrieron los hechos" y la "grave falta de medidas de seguridad", por lo que, en su opinión, "tendrá su influencia" en el proceso penal abierto sobre el caso contra el patrón, en un juicio que "posiblemente se celebrará cuando se hayan cumplido ocho años de la tragedia", este mismo año.

En este proceso, el fiscal pide en sus conclusiones provisionales 4 años de cárcel para el patrón y armador del pesquero, al considerar que "no es de extrañar" que el accidente ocurriera y tuviera tales consecuencias porque su conducta fue "sumamente irresponsable" dadas las condiciones en las que tenía la nave (sobrecarga de peso de al menos doce toneladas y con el sesenta por ciento de las aberturas de desagüe cerradas). 

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