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El Campo de Adiestramiento del Retín será desde este martes zona de interés para la Defensa Nacional

Compete, así, constitucionalmente al Gobierno dirigir la Política de Defensa y la Política Militar y adoptar, en consecuencia, las condiciones necesarias para su mejor eficacia

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  • Maniobras en el Retín. -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este lunes el Real Decreto 885/2014, de 10 de octubre, por el que se declara como zona de interés para la Defensa Nacional la propiedad denominada Campo de Adiestramiento Sierra del Retín, en Barbate (Cádiz), que entra en vigor a partir de este martes.

   Según recoge la disposición, consultada por Europa Press, la Defensa Nacional es contenido esencial de la función política de Gobierno, y así lo expresa la Constitución al atribuir al Estado la competencia exclusiva de su defensa y al asignar al Gobierno la dirección de esta función en el artículo 97.

   Compete, así, constitucionalmente al Gobierno dirigir la Política de Defensa y la Política Militar y adoptar, en consecuencia, las condiciones necesarias para su mejor eficacia.

   Esta eficacia "viene recabando desde tiempo atrás, y hoy con mayor motivo y con carácter ineludible, disponer, en las condiciones adecuadas y sin perturbaciones, de un campo de entrenamiento para la Armada, de modo que se alcancen con la máxima garantía los objetivos de adiestramiento que aseguren el cumplimiento de las misiones que le son asignadas en el artículo 15 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional".

   Con este propósito, y con el fin de preservar la instalación militar de cualquier actuación que pudiera afectarla, han sido ponderados los distintos intereses que pueden incidir en la zona que se declara de interés para la Defensa Nacional, y que se extiende a la zona ocupada por el Campo de Adiestramiento Sierra del Retín.

   La Comisión Interministerial de Defensa Nacional, que actúa por delegación del Consejo de Defensa Nacional, aprobó la propuesta de declaración de dicha zona, de 5.331 hectáreas, de interés para la Defensa Nacional.

LIMITACIONES Y CONDICIONANTES

   Las limitaciones y condiciones que contempla la ley implican interesar y obtener autorización del Ministerio de Defensa para la determinación de la compatibilidad con los fines de la Defensa Nacional de cualquier regulación, ordenación o actuación administrativa que pueda incidir en la utilización militar del Campo de Adiestramiento del Retín.

   También contempla someter a la autorización previa del Ministerio la transmisión de la propiedad así como la constitución, transmisión y modificación de cualquier derecho real sobre la misma, con independencia de la nacionalidad o naturaleza de los otorgantes.

   Asimismo, conlleva someter a la autorización previa de Defensa cualquier obra de edificación o construcción, promovida por entidades públicas o privadas, así como la cesión por cualquier titulo de los aprovechamientos agrícolas, pecuarios o cinegéticos de los territorios afectados.

   Finalmente, la disposición detalla que la entrada en vigor del Real Decreto entrará en vigor este martes, es decir, el día siguiente al de su publicación en el BOE.

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