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Absuelven al propietario de Promociones Los Jardines de los delitos de fraude a Hacienda

Los citados acuerdos \"vinculaban a diversas firmas del grupo del dueño de Los Jardines entre sí, realizando entre ellas operaciones que generaban IVA deducible en su mayor parte, obteniendo devoluciones en tal sentido la Agencia Tributaria\", según señala la sentencia

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El Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba ha dictado una sentencia absolutoria para el propietario de Promociones Los Jardines, el empresario cordobés José María Enríquez, así como para su mujer y un tercer acusado, por los delitos contra la Hacienda Pública por los que estaban procesados y que ahora la juez considera que "no consta acreditado" que realizaran "operaciones ficticias" para no pagar el IVA.

   Así se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, después de que, según adelanta la prensa provincial, la resolución apunta que las distintas entidades del grupo empresarial de Enríquez, durante los periodos impositivos de 2001 y, sobre todo, en 2002, "mantuvieron relaciones comerciales con la entidad que representaba como administrador único el acusado J.A.A.R., realizando una serie de operaciones de compra y venta de diferentes construcciones, así como de intermediación inmobiliaria durante los referidos años".

   En este sentido, los citados acuerdos "vinculaban a diversas firmas del grupo del dueño de Los Jardines entre sí, realizando entre ellas operaciones que generaban IVA deducible en su mayor parte, obteniendo devoluciones en tal sentido la Agencia Tributaria", según señala la sentencia.

   Así se realizaron operaciones por los Jardines de la Plata el 9 de noviembre y el 27 de diciembre de 2002, "interviniendo en la primera la entidad J.A.A.R., pero no consta acreditado que las mismas fueran ficticias y tuvieran como único destino conseguir desgravaciones de IVA indebidas con la finalidad de financiarse con tales importes", según la juez.

   Igualmente, la empresa Gestión de Obras y Reformas realizó una operación comercial en fecha de 11 de diciembre de 2002 con la sociedad Spazio 21, Grupo Inmobiliario. La primera contabilizó un gasto por importe de algo más de un millón de euros relativo a prestación de servicios de la segunda entidad a aquella, lo que generó una deducción de IVA de 191.974,40 euros al haber intermediado la entidad de J.A.A.R. en la venta de la llamada Fábrica de Vidrio.

   Dicho negocio, según recoge la resolución, "determinó la deducción de IVA y de Impuesto de Sociedades que no consta que sea irreal ni con finalidad ajena al contenido de lo realizado".

   Además, la empresa de Enríquez Promociones Los Jardines de San Pedro realizó diversas operaciones con otras del mismo grupo tales como los Jardines de la Costa, Los Jardines de Medina y Los Jardines de Don Carlos en 2002, que generaron diversas cuotas de IVA soportado.

   "No obstante, todos los importes recibidos como deducción fiscal han sido reingresados a la Hacienda Pública en ejercicios posteriores al haberse rescindido la contratación a la que venían referidos". Por todo ello, la titular del Juzgado de lo Penal número 4 considera que los tres procesados deben ser absueltos de los delitos que se les imputaba.

   Cabe destacar que durante el juicio, Enríquez aseguró que todas las operaciones habían sido "reales", que estaban "documentadas" y que había "medios de pago", además de que "todas se declararon" y se "regularizaron", al tiempo que la fiscal modificó sus conclusiones, de manera que retiró la supuesta defraudación del IVA en el año 2001 por más de 422.000 euros y rebajó la petición de pena de prisión de diez a cuatro años para José María Enríquez; de ocho a cuatro para el otro acusado, y retiró la acusación contra la mujer del constructor.

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