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Alcalá la Real

Fallo favorable a la demanda interpuesta por UGT sobre la paga extraordinaria de los empleados del Ayuntamiento de Alcalá

Según la información remitida por UGT, el fallo del Juzgado de lo Social número 3 de Jaén "reconoce el derecho de los empleados públicos del Ayuntamiento de Alcalá a percibir las cantidades correspondientes a los servicios prestados con carácter previo a la entrada en vigor del RD Ley 20/2012"

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UGT ha hecho público el fallo favorable emitido por el Juzgado de lo Social Nº 3 de Jaén a la demanda interpuesta por este sindicato, en relación con el R.D Ley 20/2012, en el que, entre otras medidas, “se establece la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 para los empleados públicos”, el cual fue recurrido en su momento en el Tribunal Constitucional por dicho sindicato.

En la demanda, referida a los empleados municipales del Ayuntamiento de Alcalá la Real, y presentada ante los Juzgados de lo Social, UGT consideraba que “la propia aplicación de la referida norma se realizó con una interpretación que perjudicaba a los trabajadores al no tener en cuenta el derecho devengado con carácter previo a la entrada en vigor de la misma”.

Según la información remitida desde UGT, el fallo emitido por el Juzgado de lo Social Número 3 de Jaén “reconoce el derecho de los trabajadores del Ayuntamiento de Alcalá la Real afectados por el conflicto, a percibir las cantidades correspondientes de los servicios prestados con carácter previo a la entrada en vigor del R.D Ley 20/2012, es decir, 44 días devengados en el periodo comprendido entre los días 1 de enero  al 14 de julio de dicho año”.


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