El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a tres años y dos meses de cárcel a un enfermo psiquiátrico que hostigó, durante cuatro años, a sus vecinos hasta conseguir que abandonaran el edificio de viviendas de Barcelona en el que residían.
En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral, el alto tribunal ha impuesto a José Luis F.L. la pena de tres años y dos meses de prisión por un delito continuado de incendio con la atenuante de "alteración psíquica", un delito de amenazas y a la pena de 16 días de multa a una cuota diaria de 6 euros (96 euros) por una falta continuada de daños.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por el Ministerio Fiscal contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona en junio de 2012, en la que condenaba a José Luis F.L. por una falta continuada de amenazas a la pena de 16 días de multa a una cuota diaria de 6 euros (96 euros). Así, el Supremo ha elevado en un año la pena de cárcel para el condenado.
El alto tribunal ha aceptado los argumentos esgrimidos por el fiscal en su recurso de casación al entender que son "convincentes". "La reiteración de actos de hostigamiento, la efectiva materialización de las amenazas, (...) haber conseguido torcer la voluntad de los vecinos impulsándoles a buscar otro lugar de residencia, tal y como les exigía, la exhibición de una actitud agresiva, hostil y asocial... constituyen un racimo de circunstancias que impiden etiquetar como 'leves' esas intimidaciones", ha sostenido el fallo del Supremo.
Según el relato de hechos probados, en el año 2005 José Luis F.L. salió de prisión donde había cumplido 10 años de cárcel y se trasladó a vivir al domicilio que su madre tenía en Barcelona. A partir de entonces y especialmente desde mediados del año 2008, el acusado "comenzó a causar graves problemas de convivencia en el inmueble".
LOS ÚLTIMOS, UN MATRIMONIO DE AVANZADA EDAD
La situación se agravó de tal manera que a finales de ese año sólo permanecían viviendo en el inmueble el acusado, el matrimonio Salanova (de avanzada edad) y su hija disminuida psíquica. Los inquilinos del edificio sufrían de manera habitual desde "gritos y música altísima" a que José Luis F.L. se dedicara a "aporrear la puerta de su vivienda, inutilizarles la cerradura, romper los cristales de la puerta de entrada del edificio, los timbres, el contador de la luz y la antena".
Todas estas acciones iban acompañadas de "invitaciones violentas a que se fueran y amenazas genéricas y repetidas de que si no lo hacían prendería fuego a la vivienda". "Al primero que pase por delante de mi puerta lo mataré", llegó a advertir.
En la madrugada del 28 de diciembre de 2008, José Luis F.L. colocó dos guías de teléfono en la puerta del matrimonio Salanova y las prendió fuego. Ante la situación ya insostenible, cuatro días después la familia decidió abandonar el inmueble y trasladarse de manera provisional a la vivienda de uno de sus hijos. Aunque el acusado ya era el único inquilino del inmueble, continuó provocando fuegos puntuales en distintos lugares del edificio, que requirieron la intervención de los bomberos.
"El acusado tendrá que abonar en concepto de responsabilidad civil al matrimonio la cantidad de 52,20 euros y la que resulte de tasar el resto de menoscabos patrimoniales causados, cantidad total que globalmente no podrá ser superior a los 400 euros y en la cantidad de 6.000 euros por el daño moral derivado de la zozobra y angustia padecidas y por tener que abandonar la vivienda familiar", sentencia el fallo.
Finalmente, según recoge la sentencia, José Luis F.L. es drogodependiente y tiene una personalidad "límite antisocial", circunstancias que han "mermado levemente" sus facultades de control de los impulsos.