El tiempo en: Chiclana

Campo de Gibraltar

Diez años y tres meses de prisión por violar y agredir a su expareja en Tarifa

El TSJA reduce en tres años y medio la condena ratificada por la Audiencia Provincial

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Sede del TSJA en Granada. -

La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha reducido en tres años y medio una condena, que pasa de 13 años y 9 meses a 10 años y 3 meses de prisión a un individuo por delitos de lesiones, violación y amenazas graves a su expareja por unos hechos que tuvieron lugar en Tarifa en 2017.

La sentencia fue dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Algeciras en 2019 y ratificada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz en 2022. El acusado y su expareja convivieron durante ocho años y tuvieron un hijo en común antes de que en 2013 acabase su relación.

El 28 de mayo de 2017, en una discoteca ubicada en el polígono de Tarifa, el acusado vio a su expareja en compañía de otro individuo, al que agarró por detrás, pero fue reducido por el servicio de seguridad del establecimiento.

El acusado convenció a la mujer de que lo acompañara para hablar del hijo en común y se marcharon de la zona en el coche del primo de éste, quien le entregó la llave del vehículo. En el trayecto, indican los hechos probados de la sentencia, el procesado golpeó a su acompañante en el rostro con el puño derecho en varias ocasiones, al tiempo que le decía “puta, eres una puta, quieres follar con todos menos conmigo”.

Tras recorrer varios kilómetros, detuvo el coche en un descampado y tras propinarle más puñetazos y patadas la arrastró al asiento de atrás, todo ello según indica la sentencia, la penetró vaginalmente pese a la resistencia que opuso la víctima.

Finalmente, la llevó hasta las proximidades de su domicilio y la amenazó: “Te tengo que matar como te vea con otro. Os mataré a los dos”. Además, le quitó el teléfono móvil.

La sentencia del TSJA, que admite parcialmente el recurso, reconoce las circunstancias atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN