El Juzgado de lo Social 8 de Granada ha dado la razón a un hombre, jubilado y padre de dos hijos, al reconocerle el complemento de maternidad en su pensión, después de que se le denegara en fase extrajudicial tras alegarse que la solicitud estaba prescrita por haber pasado más de cinco años desde el reconocimiento del derecho a la pensión de jubilación.
Según ha informado este miércoles Unive Abogados en un comunicado, posteriormente también le fue desestimada la reclamación previa, por lo que se vio obligado a emprender acciones judiciales frente a la Seguridad Social.
La magistrada ha considerado que tiene derecho a percibir el complemento de maternidad del extinto artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social en su pensión de jubilación, con efectos desde su concesión, lo que supone que el pensionista verá incrementada su pensión vitalicia en un 5 por ciento mensual.
Gracias a esta sentencia, el afectado va a recuperar, por los atrasos, más de 6.000 euros.
Los orígenes de esta cuestión fueron abordados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 12 de diciembre de 2019, que declaró que el artículo 60 de la Ley española de la Seguridad Social -en su redacción anterior- era contrario a la Directiva 79/7 y discriminatorio por razón de sexo al reconocer solo a las mujeres el complemento por maternidad, pero no a los hombres que cumplían los mismos requisitos.
Tras esa sentencia, los tribunales españoles comenzaron a estimar las demandas de los hombres que reclamaban, pero los criterios en cuanto a los efectos del reconocimiento del complemento no estuvieron del todo claros hasta que el Tribunal Supremo se pronunció a principios de este año.
Concretamente, en las sentencias de la Sala de lo Social dictadas por el pleno en unificación de doctrina el pasado 16 de febrero de 2022, se sentó jurisprudencia en cuanto a la fecha de efectos del reconocimiento del complemento de pensión de maternidad al hombre.
Dichos efectos debían retrotraerse al momento en el que el hombre accedió a su pensión.
La abogada Marta Miranda, directora de Unive Abogados Granada, ha explicado que una vez más queda patente que solo aquellos hombres que reclamen verán reconocido su derecho al complemento de maternidad, que oscila entre un 5 % y un 15 % en función del número de hijos.
Sobre el hecho de que la Seguridad Social recurra algunas sentencias concretas, ha añadido que por el momento las sentencias de segunda instancia también son favorables a los clientes.
Granada
Un juzgado reconoce el complemento de maternidad a un jubilado con dos hijos
Gracias a esta sentencia, el afectado va a recuperar, por los atrasos, más de 6.000 euros
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