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Sevilla

Condenados a 10 años de cárcel tres acusados por un "cruel" intento de asesinato en Osuna

La agresión constó de numerosas puñaladas y golpes a la víctima en presencia de su esposa e hijos de corta edad

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  • La Audiencia de Sevilla. -
  • Los agresores utilizaron una navaja y un palo de madera con la punta reforzada con hierro
  • A pesar de las intenciones de matarlo, la víctima consiguió sobrevivir gracias a la ayuda de su mujer y de un testigo que consiguieron separarlos
  • El agredido fue asistido en urgencias con la buena suerte de que los hechos tuvieron lugar cerca de un centro hospitalario

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha condenado a diez, nueve y ocho años de cárcel a los tres vecinos de Osuna miembros de una misma familia, juzgados el pasado mes de septiembre acusados de una agresión a otro vecino de la localidad, declarando probada su autoría en los hechos y la forma "cruel" de su ejecución, "asestando un número elevado de puñaladas y golpes a la víctima en presencia de su esposa e hijos de corta edad", según figura en una sentencia emitida por dicha instancia, difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA y recogida por Europa Press.

Los acusados son Antonio Jesús H.A., su primo José Antonio C.S. y su padre, Francisco H.C., para quienes la Fiscalía y la acusación particular ejercida por Manuel V.H. como denunciante pedían 14 años de cárcel en cada caso, por un delito de asesinato en grado de tentativa.

Tras la celebración del juicio los pasados días 22 y 29 de septiembre, cuando los acusados alegaron que la víctima atacó a dos de ellos con "una catana" o "cortacocos", la Sección Tercera de la Audiencia ha declarado probado que la mañana de los hechos, el día 28 de septiembre de 2019, el acusado Antonio Jesús H.A. "mantuvo una discusión con Manuel V.H., en la que Antonio Jesús le pedía diez euros y Manuel se los negó y como aquel insistiera, éste le llegó a dar un empujón".

"Al enterarse de ello los otros acusados", su primo José Antonio C.S. y su padre, Francisco H.C., "decidieron ir junto con Antonio Jesús en busca de Manuel V.H., al que encontraron sobre las 11 horas de dicho día en la puerta de su domicilio de Osuna y puestos de común acuerdo, con ánimo de causarle la muerte, se apearon de los vehículos portando Antonio Jesús una navaja en una mano y un palo en la otra, José Antonio un palo de madera con la punta reforzada con hierro y Francisco una vara de madera, igualmente reforzada con acero en su punta y, sorpresivamente, sin mediar palabra, Antonio Jesús se abalanzó sobre Manuel que estaba de espaldas sacando de su coche bolsas de la compra sin percatarse de la presencia de los procesados, estando en la entrada de su casa y cerca de él su esposa y sus cuatro hijos menores de edad", declara probado la Audiencia.

"Numerosos pinchazos y golpes"

"En tal situación, Antonio Jesús le asestó una primera puñalada por la espalda al tiempo que le decía 'te mato', continuando los tres procesados asestándole numerosos pinchazos y golpes, Antonio Jesús con la navaja y los otros acusados con los palos que llevaban, al tiempo que decían 'mátalo, mátalo', no llegando a conseguir su propósito debido a la intervención de la esposa de Manuel y un testigo, Antonio J.A., quienes consiguieron separarlos", declara probado la Audiencia.

En total, y como consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió 15 heridas penetrantes por arma blanca, así como un neumotórax bilateral, las cuales atendiendo a su naturaleza, número, intensidad y localización, ya que afectaron a órganos vitales como el pulmón o el corazón, implicaron un grave riesgo para la vida del denunciante, quien pudo ser asistido con urgencia gracias a que vivía cerca de un centro hospitalario.

Una versión "sin razonamiento lógico"

Frente a la tesis de los encausados, que alegaron un ataque de Manuel V.H. con una catana o "cortacocos", el tribunal considera que dicha versión "no resiste un razonamiento lógico ni se corresponde con la realidad de las heridas sufridas" por la víctima ni con los vestigios y rastros hallados por la Guardia Civil en la inspección ocular realizada, "de donde se desprende que los hechos se desarrollan en la puerta de la casa de la víctima y no en la avenida que da acceso al callejón sin salida donde se encuentra dicho domicilio como afirman los acusados, siendo esa ubicación del lugar de los hechos, en un pasaje estrecho sin salida, un indicio más de la forma como ocurrieron los hechos y la intención que presidía la actuación" de los condenados, "además de avalar la versión del perjudicado, de su mujer y del testigo".

En este sentido, los magistrados señalan que se trata de "una agresión indiscriminada y confusa por parte de los acusados, en la que uno de ellos tiene una intervención principal en la producción del resultado lesivo, pero todos participan, cooperan y actúan con un mismo propósito criminal, causar la muerte" del perjudicado, lo cual "aceptan y hacen propio mediante la ejecución de actos de violencia física contra la víctima, lo que conlleva apreciar un supuesto de coautoría que permite atribuir a cada uno de los partícipes la totalidad del hecho".

Cruel agresión

A la hora de establecer las penas de prisión, el tribunal tiene en cuenta la entidad de los hechos enjuiciados, el riesgo de causar la muerte de la víctima, el grado de ejecución del delito (tentativa acabada) y la forma "cruel" de su ejecución, "asestando un número elevado de puñaladas y golpes a la víctima en presencia de su esposa e hijos de corta edad", así como la mayor o menor intervención en los hechos de cada acusado y la circunstancia atenuante de reparación del daño en dos de ellos.

Dado el caso, el tribunal declara a Antonio Jesús H.A., su primo José Antonio C.S. y su padre, Francisco H.C. como responsables de un delito de asesinato en grado de tentativa, concurriendo en los dos primeros la atenuante de reparación del daño, siendo condenado el primero de ellos a diez años de cárcel, el segundo a ocho años de prisión y el tercero a nueve años de cárcel. Todos ellos, conjuntamente, habrán de indemnizar además a Manuel V.H. con 30.000 euros.

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